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FUENTE · REGISTRO DEL CORPUS

SRC-081

Fuente SRC-081

Esta ficha explica qué representa la fuente, dónde se utiliza en el sitio y, cuando existe una copia pública, permite consultar el original.

IDENTIFICACIÓN

Cómo está registrada.

El País (Asunción), 19 Oct 1959 — “Una Muerte Lenta y Horrorosa Tuvo la Doctora Serafina Dávalos, Afirma Abogado Querellante” — reproduced scan

TRAZABILIDAD

Dónde interviene esta fuente.

2 registros biográficos relacionados en el mapa de vida canónico.

  1. 1957–1959

    BIO-EVT-0035 · conflicting

    Última residencia y patrimonio: hechos registrales frente a relatos en conflicto

    A comienzos de 1957 hay un hecho registral firme: la documentación de dominio muestra que Honoria Balirán ya era propietaria de la Finca 3.335 y que el Estado compró el inmueble el 23 de enero. Los relatos posteriores sobre dónde vivió Serafina después de esa venta, otras propiedades, su financiación y las circunstancias patrimoniales de sus últimos meses aparecen en la querella de 1959 y en memorias posteriores. El sitio mantiene ambos planos separados: escrituras y cadena de dominio por un lado; alegaciones y recuerdos por otro, hasta localizar nuevos documentos primarios.

    Límite. Barrio Jara, Gaspar Rodríguez de Francia, la financiación de nuevas propiedades y otras afirmaciones de 1959 son alegaciones o memorias hasta que las sostengan escrituras, padrones o expediente judicial.

  2. 1957–1959

    BIO-EVT-0036 · partial

    Causa Nº154/1957: expediente localizado por metadatos, resultado todavía abierto

    La prensa contemporánea permite localizar la Causa Nº154/1957 ante el Juzgado de 1ª Instancia en lo Criminal del 2º Turno y conserva acusaciones, testimonios y una defensa pública relacionadas con Honoria Balirán y los últimos años de Serafina. Esa documentación permite identificar la existencia y el marco institucional del proceso, pero no resolverlo históricamente. Mientras no aparezca el expediente original, el proyecto no convierte las versiones periodísticas en hechos probados ni afirma archivo, condena, absolución u otro resultado judicial que todavía no está documentado.

    Límite. La existencia y metadatos de la causa están bien localizados, pero acusaciones, testimonios y defensa siguen siendo declaraciones atribuidas. No se afirma archivo, condena, absolución ni otro resultado judicial sin el expediente original.